martes, 3 de febrero de 2015

SICORE Versión 8 Release 20


Determinación e ingreso de retenciones y percepciones. Sistema de Control de Retenciones (SICORE)

De acuerdo a la Resolución General N° 3.731  con vigencia a partir del 01/02/2015, se incorpora el nuevo Código de Impuesto 787 -Impuesto a las Ganancias Retenciones Art. 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, inc. a), b) y c)- con el cual deberán informarse los regímenes de retención identificados con los códigos que se indican a continuación:

160 - Rentas del trabajo personal bajo relación de dependencia y otros
56 - Retención - Ganancias - Actores
718 - Retenciones de Ganancias de Jubilaciones y Pensiones

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Vigencia: Resulta de aplicación a las retenciones que se practiquen a partir del 1 de febrero de 2015.

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